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El ITeC emite el DAU 14/088 para 'weber.cal revoco'

18.12.2014 11:15

Saint-Gobain Weber Cemarksa SA ha obtenido el Documento de Adecuación al Uso-DAU 14/088 para el mortero de cal coloreado weber.cal revoco como revestimiento de fachadas. El DAU 14/088 evalúa favorablemente el empleo de weber.cal revoco para revestir fachadas de fábrica de ladrillo cerámico, bloque de hormigón normal u hormigón tanto de obra nueva como de rehabilitación, con respecto a los requisitos del CTE.

weber.cal revoco es un mortero preparado compuesto por una mezcla de cal aérea, áridos de granulometría compensada, cemento, aditivos y pigmentos minerales. El producto se comercializa como mortero seco (en polvo) listo para mezclar con agua y aplicar sobre el soporte. La mezcla y aplicación del producto puede realizarse manualmente o a máquina.

weber.cal revoco contribuye a la impermeabilidad y la transpirabilidad de la fachada a la vez que permite realizar diversos tipos de acabados: raspado, fratasado, liso o bruñido (acabados de una capa), o reproducir texturas tradicionales de cal como son enmarcados o recrecidos (sillerías o similares), martillina o esgrafiado (acabados que se realizan con dos capas de mortero, pudiendo ser estas de diferente color).

La elaboración del DAU ha comprendido la caracterización y evaluación experimental del comportamiento del producto desde el punto de vista de sus prestaciones de seguridad en caso de incendio, aislamiento térmico, salud e higiene, así como de durabilidad y servicio (permeabilidad al agua, resistencia a impactos, adherencia y aspecto, en condiciones normales y tras envejecimiento).

El texto íntegro actualizado del DAU 14/088, que detalla no sólo las prestaciones del producto, sino también los criterios de proyecto, los criterios de ejecución y las soluciones constructivas que deben tenerse en cuenta para el correcto empleo del mismo, puede ser consultado aquí.

El DAU contempla la especificación de los requisitos reglamentarios y funcionales aplicables, la realización de ensayos de laboratorio, visitas de obras, auditorías y seguimiento de la fabricación del producto, así como la intervención de una Comisión de Expertos.

El DAU da respuesta a la exigencia de evaluación técnica de la idoneidad de productos o sistemas innovadores según se establece en el punto 5, cláusula 5.2 de la parte I del CTE. El ITeC es un organismo autorizado para la concesión del DAU (BOE 94, 19 de abril de 2002) y está inscrito en el Registro General del CTE (Resolución del Ministerio de Vivienda de 3-09-2010).